NEE

Necesidades Educativas Especiales

Presencia de limitaciones sustantivas en el funcionamiento actual del estudiante, caracterizado por un desempeño intelectual significativamente por debajo de la media que se da en  forma concurrente con limitaciones en su conducta adaptativa, manifestada en habilidades prácticas, sociales y conceptuales, y que comienza antes de los 18 años (Luckasson y cols, 2002, p.8).

Aparece el término de alumno con NEE, es decir, se pasa de un modelo de EE segregada a un modelo constituido por dos caras de una misma moneda: un modelo integrado en el sistema educativo ordinario que permite dar respuesta a todos los alumnos desde el currículum ordinario, y un modelo centrado en la respuesta educativa que puede proporcionar un centro específico para algunos casos severos y permanentes a quienes o bien se aplica, en todo o parte, el currículo ordinario o bien se ajusta la enseñanza a una taxonomía funcional tendente al logro de la máxima capacidad de autonomía de los alumnos. 


Se entiende, desde esta nueva concepción, que cuando se presenta una discapacidad bien física, sensorial, intelectual, emocional o social, deben ser abordadas por el profesor ordinario desde el propio currículum, realizando adaptaciones a las condiciones de aprendizaje, de manera que se facilite el proceso de desarrollo del alumno, y cuando la profundidad o severidad de la deficiencia y su carácter permanente impidan dicha integración, la atención se desarrollará en los centros específicos. 

Tipología de alumnos /as con necesidades especiales. Atendiendo a las diferentes necesidades educativas, se pueden clasificar las siguientes tipologías de alumnos /as con NEE que se asocian a 
- discapacidades físicas 
- psíquicas 
- sensoriales, 
- de sobredotación intelectual 
- graves trastornos del desarrollo 


Se propone la escolarización en centros ordinarios a aquellos alumnos con NEE para quienes se estime que 
requieren adaptaciones de acceso y /o significativas del currículo oficial que les corresponde por su edad, así como cuando se considere que tales alumnos y alumnas pueden alcanzar un grado aceptable de integración social en un grupo escolar ordinario. 

Para determinar la modalidad de educación a la que adscribir a un alumno, previamente hay que realizar una 
valoración pluridimensional en la que se atiende a los siguiente aspectos: 
• Características personales del alumno 
• Datos revelantes del alumno y su entorno 
• Orientaciones para realizar adecuaciones organizativas y 
curriculares 
• Datos para uso administrativo y estadístico (no incluye por 
escrito información que afecte a la intimidad personal del 
alumno y de la familia).

La escolarización, en los niveles de enseñanza obligatoria, de los alumnos con NEE permanentes, asociadas tanto a sobredotación como a discapacidad, se realiza según las edades establecidas con carácter general para estos tramos educativos. Así, tiene también una duración mínima de diez años, aunque se han determinado las condiciones en que se pueden flexibilizar estos periodos de acuerdo con las 
valoraciones psicopedagógicas pertinentes. Asimismo, se garantiza la planificación necesaria para que el alumnado que realiza su escolaridad obligatoria en un centro ordinario pueda seguirla, en los niveles postobligatorios de enseñanza, en un centro del mismo carácter.

Bibliografia
EDUCACIÓN ESPECIAL NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES. Josep C. Observatorio de la Discapacidad Instituto de Mayores y Servicios Sociales.









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